
(El doctor Ricardo Espinoza Castro, de reconocida trayectoria en la medicina pública y privada, abogado y Doctorando en Administración, hace llegar a Agenda Pública el siguiente análisis sobre el caso que sacudió recientemente a la sociedad sonorense, por la muerte de 8 personas).
Por: Dr. José Ricardo Espinoza Castro
Hay temas que por la inercia en la información se van relegando, de tal suerte que su vigencia es muy limitada en la mente de las personas y en el interés de las mismas.
Hoy, la información y la desinformación abundan, ya sea por interés auténtico o por intereses oscuros, de tal suerte que emitir opiniones sobre cada tema es difícil; sin embargo, vemos que surgen expertos todos los días en todos los temas.
Hago esta propuesta de participación, tratando de hacer un análisis desde el punto de vista de mi experiencia y mi formación académica como médico especialista, abogado y Doctorando en Administración pública.
Inicio analizando el caso de los sueros vitaminados mortales en Hermosillo, que fue negligencia sí o no, pero, ¿de quién?
Del médico involucrado que no llevó los procedimientos de asepsia y antisepsia que marca la normatividad y que cada profesional en esta área está obligado a cumplir, o fue de la empresa que elaboró los medicamentos utilizados o de las autoridades que deberían estar atentas a ello por ley, para dar certeza a la ciudadanía de que la persona que está consultando está bien acreditando en lo que oferta como profesional.
En el primer caso debería realizarse un análisis exhaustivo del lugar en donde se preparaban dichas soluciones y analizar el conocimiento de la norma y de los procedimientos para elaborar los mismos; analizar si existió contaminación y definir de qué tipo, qué tipo de bacteria fue la causa de la muerte y revisar las posibles comorbilidades de cada paciente, que originaron la decisión de aplicarse dichos sueros.
Esto aclararía el grado de responsabilidad del médico involucrado, Jesús Maximiano 'N', acusado de homicidio culposo por la muerte de ocho pacientes, revisando sus credenciales y actualización profesional.
Por otro lado, es necesario revisar dónde se adquirían los medicamentos utilizados y evaluar si pertenecían al mismo lote o eran diferentes.
Es decir, deslindar el grado de responsabilidad de los mismos, y por último, analizar el grado de responsabilidad por comisión u omisión en la supervisión de los establecimientos en donde se aplicaban dichas soluciones de parte de la autoridad responsable, en este caso la Secretaría de Salud, y revisar cuándo se le practicó la última revisión, no solo de los documentos sino del establecimiento en lo general.
Esto nos permitiría hacer un análisis de si existe responsabilidad o no del médico, o sobre quién es el verdadero responsable.
Por otro parte, está la responsabilidad real de la autoridad judicial al no tomar medidas de prevención para que no exista la evasión de la justicia, pues el médico logró evadirla a pesar de que su abogado le había tramitado un amparo, a cuya audiencia inicial no asistió en los juzgados locales.
Su ausencia desafía a la justicia sonorense y arriesga el amparo federal que lo protegía, abriendo la puerta a su detención.
La pregunta es ¿a qué se atiene?, cuando era una gran oportunidad para que aclarara lo que ocurrió y que la autoridad judicial pudiera determinar su grado de responsabilidad.
Desde la óptica médica y legal, este hecho no es solo mala praxis clínica: es un síntoma de impunidad institucional. La salud pública y el estado de derecho exigen un diagnóstico penal contundente.
Faltan más controles.
La inasistencia del imputado, sumada a la reciente recompensa de 500 mil pesos ofrecida por la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora para dar con su paradero, evidencian que el amparo federal dejó de ser una legítima defensa técnica, para convertirse en una estrategia de evasión judicial.
Además, el retraso en las audiencias iniciales re victimiza a las familias sonorenses afectadas, quienes han tenido que recurrir a la solicitud de exhumaciones para fundamentar los dictámenes médicos y toxicológicos correspondientes.
Para evitar este tipo de eventos, es necesario implementar auditorías coordinadas entre las autoridades locales y federales (Cofepris), para inspeccionar de manera aleatoria los insumos y mezclas clínicas en todos los consultorios médicos y centros homeopáticos registrados en Sonora, que se dedican a estas actividades.
A la par, debe impulsarse desde el Congreso del Estado una reforma penal que aumente la punibilidad específica para el homicidio culposo derivado de negligencia médica o técnica, con dolo eventual comprobado, especialmente al emplear sustancias no verificadas en el cuadro básico de salud.
Y por último, elaborar un padrón ciudadano de médicos certificados y que la autoridad, la Secretaría de Salud o los colegios médicos del estado, lo den a conocer mediante una plataforma digital de consulta pública y gratuita, donde los ciudadanos puedan validar en tiempo real las cédulas, especialidades profesionales y antecedentes de sanciones administrativas de cualquier profesional de la salud, antes de someterse a tratamientos invasivos.
Porque también en estos supuestos se encuentran los centros de medicina estética, que actúan libremente, y que sin control y mediante argucias legales, logran evitar las sanciones.
Es cuanto...
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